Desgravación fiscal
Las cuotas abonadas a esta Asociación son deducibles en la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF o IS, de acuerdo a la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
VENTAJAS FISCALES
Desgravación fiscal de hasta un 80% de tus aportaciones como socio.
Personas físicas
Te deduces el 80% hasta los primeros 250€. Límite 10% base liquidable.
80%
De los primeros 250€ que dones, te devuelven 200€40%
Por ejemplo aportando 300€ al año te devuelven 220€45%
Si en los dos años anteriores se ha donado la misma cantidad o superiorPersonas jurídicas o colaboradores
Te deduces el 40%. Límite 15% base liquidable.
40%
Por ejemplo aportando 250 € al año te devuelven 100€50%
Si en los dos años anteriores se ha donado la misma cantidad o superior
